La Ley de Protección a los Informantes obliga a determinadas empresas, organizaciones y organismos a contar con un canal de denuncias público, que permita el anonimato, regulado dentro del marco de un Sistema Interno de Información.

¿Qué es el Sistema Interno de Información (SII)?

El Sistema Interno de Información (SII) es un conjunto de medidas y mecanismos orientados a establecer un sistema o procedimiento de comunicación para que todas las empresas puedan informar, sin miedo a posibles represalias, sobre conductas contrarias a las normativas y políticas, como puede ser conductas relacionadas con el fraude y la corrupción, tanto a nivel nacional como europeo.

¿Cuál es la normativa que regula el SII?

La norma que regula el SII es la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, también llamada “Ley de Protección a los Informantes” o “Ley del canal de denuncias”. El principal objetivo de esta norma es fomentar un entorno en el que los empleados, colaboradores y demás partes interesadas se sientan seguros y protegidos al reportar conductas irregulares, asegurando así la integridad y la transparencia dentro de las organizaciones; además de, también, buscar y prevenir infracciones de forma temprana, contribuyendo a la lucha contra la corrupción y otras actividades ilegales.

Sistema Interno de Información

¿Quién debe cumplir con la Ley de Protección a los Informantes?

Las entidades y organismos que deben cumplir con esta Ley son, entre otros:

– Todas las empresas que cuenten con 50 o más personas trabajadoras.
– Todos los sujetos obligados de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, independientemente de su tamaño.
– Las organizaciones y organismos públicos, independientemente de su tamaño.

¿Cuáles son las principales obligaciones de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, de Protección a los Informantes?

Las principales obligaciones de la Ley de del canal de denuncias, son:

– Implementar un Sistema Interno de Información eficaz.
– Designar a un responsable del SII y notificarlo a la Autoridad Independiente de Protección al Informante correspondiente (por ejemplo, en la Comunidad Valenciana asume esta función las Agencia de Prevención y Lucha contra el Frade y la Corrupción de la Comunidad Valenciana – AVAF).
– Confeccionar y publicar la correspondiente Política del SII.
– Implantar un canal de denuncias o de comunicación, que permita tanto comunicaciones confidenciales como anónimas y que sea de acceso público.
– Contar con un protocolo del canal de denuncias, donde se establezca su funcionamiento, su ámbito – tanto material como personal – así como un procedimiento de investigación interna preciso.

¿A qué sanciones se enfrenta si no cumple con la obligación de contar con un SII y un canal de denuncias o comunicación?

El hecho de no cumplir con estas obligaciones constituye una infracción muy grave de la norma, suponiendo una sanción de multa de 600.001 euros hasta 1.000.000 de euros.

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