La legislación española actual, con el objetivo de lograr la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, determina una serie de obligaciones a las empresas que cuenten con personas trabajadoras que, de no ser cumplidas, se arriesgan a ser sancionadas con multas de hasta 7.500 euros.

¿Qué es la igualdad efectiva entre mujeres y hombres?

Se trata de garantizar de que las mujeres y los hombres cuenten con las mismas oportunidades, derechos y condiciones en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Esto incluye el acceso al empleo, la formación, la promoción profesional, el salario, las condiciones de trabajo y la conciliación de la vida laboral y persona, así como la eliminación de cualquier forma de discriminación por razón de género.

Igualdad efectiva entre hombres y mujeres

¿Cuál es la normativa que regula la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en las empresas?

La principal normativa actual en materia de igualdad en España es la siguiente:

  • Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
  • Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
  • Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro.
  • Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

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¿Cuáles son las obligaciones que determina la Ley de Igualdad y quién debe cumplirlas?

Las principales obligaciones son las siguientes:

  • Registro retributivo o salarial:

    • ¿En qué consiste?

Se trata de una medida para garantizar la transparencia salarial y la igualdad de remuneración entre mujeres y hombres. Este registro debe incluir valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales desglosados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.

    • ¿Quién debe cumplirlo?

Todas las empresas que cuenten con personas trabajadoras, independientemente del número o tamaño.

  • Protocolo de prevención y abordaje del acoso sexual y por razón de sexo:

    • ¿En qué consiste?

Se trata de un documento que recoge un conjunto de medidas orientadas a prevenir y abordar el acoso sexual y por razón de sexo en las empresas. Entre otras medidas, se encuentra la de contar con un código de conducta – haciendo constar la tolerancia 0 de la empresa hacia conductas de acoso – impartir acciones formativas en esta materia a todo el personal o contar con un sistema de comunicación interno eficaz.

    • ¿Quién debe cumplirlo?

Todas las empresas que cuenten con personas trabajadoras, independientemente del número o tamaño.

  • Protocolo de prevención del acoso de personas LGTBIQ+:

    • ¿En qué consiste?

Se trata de un documento que recoge un conjunto de medidas y procedimientos con el objetivo de prevenir, detectar y abordar cualquier forma de acoso por razón de orientación sexual, identidad de género o expresión de género en el entorno laboral, educativo o cualquier otro ámbito. Este protocolo se enmarca entre las políticas de igualdad y no discriminación, y es crucial para crear ambientes seguros e inclusivos para todas las personas, independientemente de su identidad o expresión de género y orientación sexual. Este protocolo, se puede incluir o enmarcar dentro del propio protocolo de prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

    • ¿Quién debe cumplirlo?

Todas las empresas que cuenten con 50 o más personas trabajadoras.

  • Plan de Igualdad:

    • ¿En qué consiste?

Se trata de un conjunto de medidas y acciones que una organización implementar con el objetivo de garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, eliminando cualquier forma de discriminación por razón de género. Estos planes son especialmente importantes en el ámbito laboral.

En general, los objetivos que persigue un Plan de Igualdad son eliminar la discriminación de género, promover la igualdad de oportunidades, lograr una mayor conciliación de vida familiar y laboral, conseguir una cultura y sensibilización al respecto en el ámbito laboral, entre otros.

    • ¿Quién debe cumplirlo?

Todas las empresas que cuenten con 50 o más personas trabajadoras.

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